Los candados de la «Ley 3 de 3» que frenan a los violentadores en el poder

14 marzo, 2026

Ninguna persona con sentencia por delitos s3xuales, violencia familiar o que sea deudora alimentaria podrá aspirar a cargos de elección popular o empleos en el sector público.

La reforma constitucional denominada “Ley 3 de 3” representa uno de los filtros más estrictos para garantizar la integridad en la administración pública de México. Esta normativa establece que cualquier individuo que aspire a un cargo de elección popular o a trabajar en cualquier nivel de gobierno debe cumplir con estándares mínimos de conducta ética y responsabilidad social, dejando fuera a quienes tengan cuentas pendientes con la justicia o sus familias.

¿Quiénes quedan fuera del sector público?
Bajo los lineamientos de la Ley 3 de 3 y el mecanismo complementario conocido como «Ley 8 de 8», se suspenden los derechos ciudadanos para ocupar cargos públicos a personas con sentencia firme por:

Deudores Alimentarios: Aquellos declarados como morosos no pueden ser candidatos ni funcionarios.

Delitos Sexuales: Personas con condenas por violación a la intimidad sexual o afectación al desarrollo psicosexual.

Violencia de Género: Quienes hayan incurrido en violencia familiar, doméstica o violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG).

Delitos contra la Vida: Individuos con sentencias por agresiones contra la integridad corporal o la vida.

Sanciones inmediatas según la LGIPE
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) es tajante: si un aspirante o precandidato incurre en violencia política de género, la sanción es la pérdida automática del derecho al registro. En caso de que el candidato ya esté registrado, la autoridad electoral procederá a la cancelación inmediata de su postulación.

Con esta estructura legal, se busca asegurar que quienes tomen decisiones por la ciudadanía no sean los mismos que vulneran los derechos básicos en el ámbito privado o social, consolidando una administración pública libre de agresores.

Fuente: Diario Oficial de la Federación / LGIPE | © Redacción NoticiasPV

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