Denunciarán ante fiscalía a Randy López por el caso del Fideicomiso 201 Puerto Vallarta

Regidores informaron en sesión ordinaria de ayuntamiento

Regidores de la fracción verde en el pleno de ayuntamiento anunciaron que será interpuesta una denuncia en contra de Randy López por el caso del Fideicomiso 201 Puerto Vallarta, el motivo usurpación de funciones.

Gran polémica se armó durante la sesión ordinaria de ayuntamiento de este martes, último del mes de febrero sobre el caso que presentó la regidora del Partido del Movimiento de la Regeneración Nacional, por sus siglas MORENA, Carla Esparza.

Edil que envió un escrito al presidente municipal de Puerto Vallarta, profesor Luis Alberto Michel Rodríguez, en e laque propone la prórroga del nombramiento de Randy Alfredo López Martínez, como director ejecutivo del Fideicomiso Puerto Vallarta, hasta en tanto no finalice el proceso de extinción de dicho organismo.

Sin embargo, aunque en primera instancia se solicito el punto en cuestión fuera bajado de la orden del día, al final la votación fue a favor de que se analizara el tema.

Fue el regidor por el Partido Verde Ecologista de México, PVEM, Francisco Sánchez, quien presentó un escrito que tiene por objeto, que el Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, se sirva aprobar, instruir al Contralor Municipal, en su carácter de Titular del Órgano Interno de Control en Materia Administrativa de este Honorable Ayuntamiento de Puerto Vallarta, para que inicie y substancie el procedimiento de responsabilidad administrativa, y presente la formal denuncia ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Jalisco en contra del servidor público C. RANDY ALFREDO LÓPEZ MARTÍNEZ.

De quien dijo, actualmente se ostenta con el cargo de Director Ejecutivo del Fideicomiso 201 Puerto Vallarta, por su presunta responsabilidad en la comisión de hechos que pueden ser constitutivos de faltas administrativas y de conductas que pueden ser tipificadas como el delito de ejercicio indebido del servicio público contemplado en el artículo 145 fracción III, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco, en virtud de que dicho servidor público continuo eierciendo las funciones de Director Ejecutivo del Fideicomiso 201 Puerto Vallarta, , después de haber cumplido el término por el cual se le nombro.

                                                         
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