Se celebró audiencia para imputar presuntos delitos contra Mónica N, ex Síndico Municipal y Carlos Alfredo N, extesorero del IX Ayuntamiento de Bahía de Banderas, Nayarit, por la Inejecución de la Obra del Puente Vado sobre el cauce del Río Ameca. Juez de control cancelo orden de aprehensión contra ellos y como medida cautelar 50 mil pesos de fianza. El domingo 15 de diciembre 2019 será la audiencia de Vinculación a Proceso
Este lunes 9 de diciembre 2019 en la sala de oralidad del Centro Regional de Justicia Penal con sede en Bucerías, en punto de las 12 horas se llevó a cabo la audiencia inicial de formulación de imputación contra Mónica N, ex Síndico Municipal y Carlos Alfredo N, extesorero, ambos del IX Ayuntamiento de Bahía de Banderas, Nayarit, por la comisión de presuntos delitos que se cometieron por la Inejecución de la Obra del Puente Vado sobre el cauce del Río Ameca y que tienen que ver con el ejercicio indebido de funciones, peculado, abuso de autoridad, coalición de servidores públicos y falsificación de documentos en agravio de la hacienda pública de este municipio por la cantidad de 7 millones, 411 mil, 160 pesos con 4 centavos.
Luego de dicha formulación por parte del ministerio público de la Fiscalía General de Nayarit, en atención de la causa penal 209/2018, interpuesta el 13 de marzo del 2018 por el órgano de la Auditoría Superior del estado de Nayarit, Mónica N, ex Síndico Municipal, declaró ante el juez de control que habían falsificado su firma en el contrato de modificación de dicha obra y se declaró inocente.
A diferencia de los demás funcionarios municipales imputados como lo son el ex contralor, Héctor Gonzalo N, el expresidente municipal, José N y el ex secretario del IX Ayuntamiento, Juan Carlos N, que no declararon y con su silencio otorgaron la duda de su participación en los hechos que se les imputan, la ex síndico dio a conocer información sobre cómo se dieron los sucesos que llevaron a la afectación de la hacienda pública por la cantidad de 7 millones 456 mil pesos, los cuales ya fueron resarcidos por un monto superior tomando en cuenta los intereses contraídos por dicha cantidad, sin embargo, los supuestos delitos fueron consumados según los datos prueba que aporto el ministerio público dentro de esta causa penal.
En su declaración, Mónica N, tras ser advertida por parte del juez de control que lo que dijera podría utilizarse en su contra y ser interrogada por el Ministerio Público, los cuales por cierto se abstuvieron, y luego de dejar de manifiesto que fue de conocimiento público los desencuentros que tuvo con las decisiones tomadas por el exalcalde, José N, durante diversas sesiones de cabildo, rememoró, en relación a este caso, que con fecha 30 de septiembre 2016 se convocó a sesión de Cabildo ordinaria donde el expresidente, José N, presentó a los regidores la iniciativa de trámite para solicitar el recurso para dicha obra ante COPLADENAY, esto luego de que previamente el alcalde ya había dado instrucción al director de Obras Públicas, Jacob Cortes Ledesma, y al director de Planeación, Gustavo Curiel Flores, para que integraran las labores técnicas de esta obra la cual justificaron con un mini proyecto de diseño y catalogo de conceptos preliminares para presentarlo ante la COPLADENAY como una obra factible y viable.
La Dirección de Obras Públicas, señaló Mónica N, estableció que se tenía un monto de 7 millones 456 mil 154 pesos con 8 centavos y es lo que se dio a conocer en cabildo, pero no presentaron el expediente, observación que no pasó desapercibida por los regidores, como el edil Otoniel Peña, quien hizo referencia a ello y en el caso del regidor, Omar Guerra, en relación a asegurar que no habría problema de la ejecución de tal obra derivado del problema que se tenía entre los Ejidos, pero también se debatió en relación a las autorizaciones o permisos de la SEMARNAT y la CONAGUA que no se había tramitado.
En este sentido, el director de Obras Públicas, Jacob Cortes Ledezma, hizo uso de la voz para asegurar que él se haría cargo de esos trámites y de igual manera lo hizo el director de Planeación, Gustavo Curiel Flores.
Narró que luego de la exposición de motivos, el punto de acuerdo se aprobó y quedó establecido que el director de Obras Públicas sería el responsable de continuar con la integración del expediente y de ejecutar la obra y ahí mismo se conformó el Comité de Obra, por lo que aseguró la ex Síndico, que ella ya no tuvo conocimiento de estos trámites hasta que con fecha 22 de noviembre 2016 le llegó el contrato a su oficina con fecha 2 de noviembre 2016, pero ellos (José N y su equipo de trabajo) ya habían girado estimaciones y pagos sin la previa protocolización del contrato, esto, dijo la ex síndico, por lo que mencionó como datos de prueba el Ministerio Público en la formulación de la imputación de los delitos que le atribuyen, pero que en ese entonces, sin tener ella conocimiento de estos pagos, firmó dicho contrato debido a premura de que ese recurso se bajara a la hacienda pública del municipio.
Sin embargo, aclaró que ese contrato lo regreso con su firma, pero con un oficio dirigido al director de Obras Públicas, donde sustentó, apegada a derecho, su obligación y responsabilidad para aplicar debidamente este recurso, copia de este dijo, lo entregó durante su declaración ministerial.
Sin embargo, señaló, con fecha 27 de febrero 2017, llegó a su poder un convenio de modificación fechado con el 31 de diciembre 2016 y aquí Mónica N, hizo énfasis en las fechas mencionadas por el ministerio público, quien refirió durante la relatoría de imputación contra su persona, que para esa fecha ya se habían pagado a la empresa constructora MIPSA SA de CV, a través de su representante legal, las últimas dos estimaciones del monto señalado.
Pero, dijo, ese contrato llego a su oficina justamente el día en que solicitó licencia al cargo de Síndico Municipal, oficio que ingresó a las 9 de la mañana en la Secretaría del Ayuntamiento y fue ese mismo día cuando a las dos de la tarde cuando recibió dicho convenio donde el director de Obras Públicas le pidió que firmara el documento con fecha 31 de diciembre 2016. Este convenio, dijo, ya traía la firma del alcalde, del contralor, del tesorero, del secretario y de la representante legal de MIPSA S.A de C.V., el cual no firmó.
Por tal motivo, dijo, que en el convenio que estaba dentro de la carpeta de investigación no era su firma en virtud de que conservó los convenios originales firmados autógrafamente porque no le hicieron llegar el expediente técnico de la obra para justificar que ese convenio estuviera solventado, motivo por el cual dijo al juez de control que ese convenio era falso.
Asimismo, menciono que ya había solicitado una prueba de grafoscopía para validar que esa firma no era la de ella y que dicha prueba ya estaba dentro de la carpeta de investigación.
Finalmente, señaló que ella de ninguna manera afectó ni propició ningún acto para que esta obra fuera inexistente. Por su parte, el extesorero, Carlos Alfredo N, se reservó su derecho a declarar.
Tras escuchar a las partes, tanto a la defensa como a la representación social del ministerio público, así como a la imputada, Mónica N, y tras debatir sobre la medida cautelar luego de que se acordó la duplicidad del término para presentar datos de prueba de su inocencia o en su caso de su responsabilidad sobre los hechos que se les imputa, el ministerio público pidió que se les impusiera firmar cada 15 días mientras dura el proceso y una multa de 200 mil pesos a Mónica N y de 500 mil pesos a Carlos Alfredo N, sin embargo, el juez de control luego de escuchar a los defensores, determinó imponer una multa de 50 mil pesos a cada uno y suspendió las órdenes de aprehensión que se habían girado contra los ahora imputados luego de que ambos se presentaron de manera voluntaria y con un amparo federal para tal fin.
Derivado de la duplicidad del termino para la audiencia de Vinculación a Proceso, el juez de control fijo la fecha del domingo 15 de diciembre 2019 en punto de las doce horas para celebrar esta audiencia.
Cabe mencionar que el ministerio público dejo en claro que con fecha 31 de mayo 2017, en sesión ordinaria de Cabildo en su punto número 5, el alcalde, José N, sometió a aprobación la ratificación de suspensión temporal de la obra en mención por temporal de lluvias y por no contar con permisos de SEMARNAT y CONAGUA. Una obra que se suspendió cuando ya estaba concluida según resultado de auditoría, es decir, con argumentos falsos el alcalde informo a cabildo que por diversos motivos no se podía continuar con la obra.
Y como parte de la simulación, con fecha de diciembre 2017, Jacob Cortes Ledezma, director de Obras Públicas, levantó acta de suspensión temporal de la obra. O sea, simularon actos tendientes a desviar recursos a una constructora de una obra que era inviable, que no se iba a ejecutar, que no se ejecutó.