Avala Corte traspaso de cuentas Afore no reclamadas a partir de los 70 años

13 agosto, 2026

El Pleno de la SCJN ratificó la legalidad del traspaso de cuentas inactivas de trabajadores mayores de 70 años, garantizando que el dinero seguirá siendo imprescriptible.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar y avaló la transferencia de los fondos acumulados en las administradoras del ahorro para el retiro (Afores) que no hayan sido reclamados por los trabajadores al alcanzar la edad reglamentaria.

El fallo del Máximo Tribunal precisa que laamigración aplica para las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez perteneciente a los derechohabientes del IMSS con 70 años cumplidos, así como a los afiliados al ISSSTE al llegar a los 75 años, cuyos saldos permanezcan sin actividad.

La resolución judicial enfatiza que el cambio normativo no constituye una expropiación ni una extinción de los derechos de los trabajadores, dado que la propiedad de las cuentas se mantiene intacta. La Corte subrayó que tanto los titulares como sus beneficiarios acreditados conservan la facultad de solicitar la devolución íntegra de sus fondos en cualquier momento, modificando únicamente la institución responsable de la custodia y administración de los activos.

Fuente: SCJN | © Redacción NoticiasPV

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