De acuerdo con un anteproyecto regulatorio presentado por la cancillería, el trámite será rechazado para quienes se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) sometió a consulta pública un anteproyecto de reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, el cual establece que las personas registradas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias como deudoras morosas no podrán tramitar ni renovar dicho documento de viaje.
Conforme al marco regulatorio propuesto, la cancillería realizará una verificación sistemática en la base de datos nacional antes de autorizar la expedición del pasaporte. En caso de detectar una inscripción activa por incumplimiento de pensión alimenticia, la dependencia procederá a negar de manera inmediata la entrega de la documentación requerida.
Esta disposición reglamentaria armoniza el proceso administrativo con lo dispuesto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes aprobada en mayo de 2023, la cual ya contempla restricciones en trámites oficiales, tales como la obtención de licencias de conducir y documentos de identificación internacional, para quienes incurran en morosidad alimentaria.
Adicionalmente, el proyecto de reforma administrativa contempla la simplificación de trámites al eliminar la exigencia sistemática de actas impresas de nacimiento, matrimonio o adopción, priorizando la consulta interna en bases de datos interinstitucionales. Asimismo, se elimina el requisito de pruebas documentales extemporáneas para registros de nacimiento posteriores a los tres años de edad e incorpora la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica como medio oficial de identificación.
Fuente: SRE | CONAMER | © Redacción NoticiasPV









