Ahorros de Afores no reclamados pasarán al Estado, pero pueden recuperarlos

14 agosto, 2026

El máximo tribunal del país determinó que los ahorros de trabajadores de 70 y 75 años sin reclamar pasarán al nuevo fondo federal, manteniendo intacto el derecho de recuperación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma legal que faculta la transferencia de los saldos acumulados en las cuentas individuales de Afore —cuyos titulares no los hayan reclamado al cumplir 70 años en el caso de cotizantes del IMSS, o 75 años para el ISSSTE— hacia el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Durante la sesión del pleno, los ministros del alto tribunal precisaron que el movimiento de estos recursos no constituye un despojo ni una expropiación por parte del Estado mexicano. La resolución establece formalmente que el derecho sobre el capital ahorrado es imprescriptible, por lo que tanto los derechohabientes como sus beneficiarios legales podrán solicitar la devolución total de los fondos en el momento que lo requieran, directamente ante las instancias administrativas correspondientes.

Con esta resolución, el sistema de ahorro para el retiro modifica únicamente la entidad administradora de los saldos inactivos, trasladando la custodia de las instituciones financieras privadas hacia la bolsa del fideicomiso público. Las autoridades judiciales destacaron que la medida busca optimizar la suficiencia presupuestal del sistema de pensiones y garantizar rendimientos sin vulnerar la propiedad privada de los trabajadores.

Fuente: SCJN / IMSS / ISSSTE | © Redacción NoticiasPV

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