SCJN invalidó la pena de prisión preventiva contra delitos relacionados a las factureras

Por lo que los presuntos responsables de los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas podrán llevar sus procesos en libertad

infobae.com

Este lunes 25 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó, por mayoría de votos, el establecer prisión preventiva oficiosa a los presuntos responsables de cometer contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas.

Dicha determinación atiende a la queja promovida por las y los senadores de oposición y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), quienes condenaron la medida cautelar contra los llamados factureros.

De acuerdo con Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, imponer la prisión preventiva oficiosa es violatorio a los derechos humanos, por lo que manifestó su expresión en contra de mantener esta medida cautelar en relación a los delitos fiscales.

De acuerdo con el Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el que comete el delito de defraudación fiscal es quien “con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal”, y cuenta con un tabulador de castigo, el cual se calcula conforme al monto de los defraudado.

1.- Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,221,950.00.

2.- Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,221,950.00 pero no de $1,832,920.00.

3.- Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $1,832,920.00.

Por su cuenta, el Artículo 107 señala que el delito de contrabando será calificado así cuando se cometa con violencia física o moral en las personas, de noche o por lugar no autorizado para la entrada o salida del país de mercancías, ostentándose el autor como funcionario o empleado público, usando documentos falsos y por tres o más personas.

Asimismo, señala que la sanción corporal será de tres meses a tres años de prisión y será acumulativa respecto a otros delitos. Aunado a esto, en lo relacionado a la generación de facturas falsas, el CFF especifica que esta práctica será castigada igual que el delito de contrabando.

                                                         
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