SAT: lo que debes de saber de los depósitos en efectivo en 2022

El fisco aclaró que no cobrará impuestos, pero sí se deberán analizar algunos casos de contribuyentes

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En medio de una serie de cambios por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aquí recordaremos en qué casos sí vigilará los depósitos en efectivo, con el fin de evitar problemas con el fisco y en cuáles otros no se cobrará.

Hay que recordar que el fisco explicó que no cobrará impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias. Pero sí iniciará con una averiguación en algunos otros casos.

¿Cuáles son?

En caso de detectar alguna inconsistencia entre los gastos e ingresos, pero solamente en caso de que los usuarios estén en proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión que haya ordenado el SAT.

En algunos casos sí se vigilarán los depósitos en efectivo. (Foto: Cuartoscuro)En algunos casos sí se vigilarán los depósitos en efectivo. (Foto: Cuartoscuro)

Entonces, cuando los contribuyentes se encuentren en proceso de revisión, los bancos estarán obligados de informar al SAT de manera mensual los ingresos en efectivo para una fiscalización más exacta.

De ese modo, se reiteró que las personas podrán estar tranquilas al realizar transacciones, o depósitos bancarios.

¿Cuáles son los casos en que no se cobrará impuesto?

*No aplicará ningún gravamen por algún tipo de préstamo.

*Tampoco se cobrarán impuestos por depósitos bancarios en efectivo.

*Giros por tandas.

*Ni por ventas por catálogo.

Solamente se pedirá un análisis más exhaustivo en caso de detectar alguna inconsistencia y con la finalidad de evitar fraudes.

Saldo a favor

Por su parte, la declaración anual de impuestos es un proceso importante que deberán generar algunos contribuyentes, aunque uno de los beneficios al presentarla es que podrá solicitarse también una devolución de saldo a favor.

Aspectos de billetes de diferentes denominaciones. (Foto: Cuartoscuro)Aspectos de billetes de diferentes denominaciones. (Foto: Cuartoscuro)
TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 03ENERO2021.-  Aspectos de billetes de diferentes denominaciones, durante el inicio de año siempre es recomendable manejar de forma responsable el dinero para poder atravesar la llamada cuesta de enero. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COMTOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 03ENERO2021.- Aspectos de billetes de diferentes denominaciones, durante el inicio de año siempre es recomendable manejar de forma responsable el dinero para poder atravesar la llamada cuesta de enero. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

Ante ello, en este espacio digital daremos a conocer qué se necesita para pedir la devolución de un monto económico a favor y en qué casos se considerará la devolución automática.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), uno de los requisitos más importantes para solicitar el saldo a favor es contar con la e.firma vigente, es decir, la firma electrónica.

Se trata de una de las piezas fundamentales para realizar todo tipo de trámites de forma electrónica y ante el SAT, ya que tiene validez igual a la autógrafa. En caso de no contar con la renovación, se deberán de seguir algunos pasos.

Será importante detallar que, al tener un saldo a favor podrá solicitar las devoluciones que le correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de sus impuestos, resulta que pagó más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea regresada esa cantidad.

Si su saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, la declaración anual puede presentarse con contraseña. Para mayor información podrá consultar aquí.

                                                         
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