Sesión ordinaria de ayuntamiento
Este viernes en sesión ordinaria de ayuntamiento el pleno edilicio aprobará revocación de espacio en el mercado de la delegación de Ixtapa.
Se trata del 5.2 establecido en la orden del día de la sesión ordinaria de ayuntamiento a celebrarse este viernes al medio día.
Fue el dictamen emitido por la Comisión de Gobernación y Turismo y Desarrollo Económico, mediante el cual se propone revocar el acuerdo edilicio 0425/2011 aprobado en sesión ordinaria celebrada el 1° de Abril de 2011, mediante el cual se autorizó entregar en concesión un espacio en el mercado municipal de Ixtapa a favor del Ciudadano J. Pineda Arreola.
De acuerdo con la orden del día, se estableció que los suscritos, “en nuestro carácter de integrantes de las Comisiones Edilicias Permanentes de Gobernación junto con la Comisión de Turismo y Desarrollo Económico, con fundamento en lo establecido por el artículo 27 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal led Estado de Jalisco, así como los diversos, 47 fracciones IVI y X,I 49, 65 y 86 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, nos permitimos emitir el siguiente dictamen:
Que tiene por objeto resolver la iniciativa de Acuerdo Edilicio presentada por el Sindico Municipal, Juan Carlos Hernández Salazar, mediante la cual propone revocar el acuerdo edilicio numero 0425/2011, aprobado por el H.
Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarla, Jalisco, en sesión ordinaria celebrada el 01 primero
de abril de 201. Para lo cual nos permitimos citar los siguientes puntos”:
PRIMERO.- El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco aprueba la revocación del Acuerdo Edilicio número 0425/2011 aprobado en la sesión ordinaria del 1 primero de Abril del 2011, mediante el cual es autorizó otorgar en concesión un espacio en el Mercado Municipal de Ixtapa, con una superficie de 6 metros cuadrados, identificado como local 1, a favor deJ .Pedro Pineda Arreola, para operar el giro de venta de alimentos.
SEGUNDO. Como consecuencia ed la revocación del Acuerdo Edilicio 0425/2011, queda sin efectos el contrato y título de concesión que en su momento se hayan suscrito en relación al bien bajo concesión en favor de J .Pedro Pineda Arreola.
TERCERO.- eS instruye al Síndico Municipal a efecto de que notifique a l concesionario la revocación del Acuerdo Edilicio 0425/2011 y sus consecuencias legales.
CUARTO.- Se instruye la Tesorero Municipal para que se abstenga de recibir pagos respecto a la referida concesión.