Proponen que los vecinos se comprometan en cuidado de parques

30 septiembre, 2025
Reunión edilicia de la comisión de calidad de vida y desarrollo social

En reunión edilicia proponen que los vecinos se comprometan en cuidado de los parques.

“Que en los centros de desarrollo comunitarios, los vecinos hagan suyos estos espacios”.

Fue parte de lo que se dijo hoy en reunión edilicia de la comisión de calidad de vida y desarrollo social.

La cual tuvo como objetivo la presentación y análisis para la modificación del reglamento de organización vecinal de Puerto Vallarta.

Cuyo objetivo esencial es adecuar un marco jurídico que permita a los Comités de Juntas Vecinales participar, de manera formal y coordinada con el Ayuntamiento, en la administración comunitaria de áreas verdes, parques y jardines, mediante convenios de colaboración, asegurando que el municipio continúe cumpliendo sus obligaciones en materia de servicios públicos, y que los vecinos tengan herramientas para contribuir activamente a la conservación y buen uso de sus espacios públicos.

Explicó que en el capítulo de la Administración Comunitaria de Áreas Verdes y Parques Vecinales hay artículos que fortalecen la participación de los vecinos.

• Artículo X.- Los Comités de Juntas Vecinales, dentro de los límites geográficos de su colonia, barrio o fraccionamiento, podrán celebrar convenios de colaboración con el Ayuntamiento, a través de la Dirección de Participación Social, para participar en la administración comunitaria de las áreas verdes, parques y jardines de uso común, sin que ello implique transferencia de la propiedad municipal ni exclusión de la competencia del Ayuntamiento.

En el Artículo X bis.- La administración comunitaria comprenderá las siguientes facultades:

I. Vigilar el uso adecuado de parques, jardines y áreas verdes, reportando al Ayuntamiento cualquier irregularidad o daño.

II. Organizar jornadas comunitarias de limpieza, ornato, reforestación y cuidado ambiental.

III. Promover actívidades culturales, deportivas, recreativas y sociales en dichos espacios, siempre que sean de carácter público, gratuito y no lucrativo.

IV. Colaborar en la conservación de mobiliario urbano, juegos infantiles, canchas, luminarias y demás infraestructura instalada.
V. Emitir opinión ante el

Ayuntamiento sobre cualquier obra, remodelación o intervención proyectada en el área verde de su colonia.

Argumentó que en el Artículo X El Ayuntamiento no se exime de seguir prestando los servicios públicos a los cuales está obligado; por el contrario, deberá brindar a los Comités de Juntas Vecinales los recursos materiales y técnicos necesarios, así como apoyar con personal operativo y especializado cuando así sea solicitado por parte de dichos Comités, de acuerdo con la disponibilidad y carga de trabajo de la Dirección de Servicios
Eficientes.

Para la adecuada coordinación de estas acciones, se deberá establecer una agenda de trabajo conjunta entre el Ayuntamiento y los Comités Vecinales, en la que se programen las solicitudes de apoyo.

Las solicitudes de apoyo que presenten los Comités deberán ingresarse a través de los mecanismos administrativos establecidos por el Ayuntamiento para su recepción, a fin de garantizar su debido registro, seguimiento y atención.

El convenio de colaboración respectivo deberá precisar:

* Los recursos materiales y equipo que el Ayuntamiento
* proporcionará en cada caso.
* La mecánica de coordinación y seguimiento de la agenda de trabajo con los Comités Vecinales.
* La capacitación que recibirán los Comités en materia de ecología urbana, mantenimiento de áreas verdes y gestión comunitaria de espacios públicos.

Artículo X quáter.- Queda prohibido a los Comités
Vecinales:

* Autorizar el uso exclusivo o privatizar las áreas verdes, parques o jardines.
* Cobrar cuotas obligatorias por el acceso o disfrute de
* dichos espacios.
* Permitir actividades contrarias al orden público, a la normatividad ambiental o que limiten los derechos de los demás vecinos.

También aseguró la regidora en el Artículo X quinquies.- Los convenios de colaboración a que se refiere este capítulo tendrán vigencia desde la fecha de su suscripción hasta la conclusión del período constitucional de la administración municipal
en turno.

• Podrán ser renovados en la siguiente administración, siempre que exista acuerdo de la asamblea vecinal correspondiente y previa evaluación de la Dirección de Participación Social, conforme a la normatividad aplicable.

Beneficios:

1. Fortalecimiento de la participación ciudadana: Los vecinos se convierten en corresponsables del cuidado de su entorno.
2. Mejora en la conservación de espacios públicos: Se garantiza mayor vigilancia, limpieza y mantenimiento comunitario.
3. Incremento en la seguridad y apropiación social: Al involucrarse en el cuidado, los vecinos generan mayor pertenencia y disminuye el vandalismo o uso indebido de los espacios.
4. Fomento a la convivencia y cohesión social: Las áreas verdes se consolidan como puntos de encuentro para actividades culturales, recreativas y deportivas.
5. Transparencia y certeza jurídica: Se regulan las responsabilidades y alcances de los comités a través de convenios, evitando discrecionalidad.

Participaron en esta reunión la regidora Marcia Bañuelos, Magdalena Urbina, María de Jesús López y Erika García.

Mauricio Lira Camacho

Reportero.

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