Proponen operación de sistema profesional de carrera en administración pública

Iniciativa a comisiones de reglamentos, puntos constitucionales, turismo desarrollo económico, justicia y derechos humanos

La regidora por MORENA, Carla Esparza propondrá en la próxima sesión ordinaria de ayuntamiento, la creación y operación del sistema profesional de carrera de administración pública, misma que será turnada a las comisiones de Reglamentos y Puntos Constitucionales, Turismo y Desarrollo Económico, Justicia y Derechos Humanos y Gobernación.

De acuerdo con la orden del día se establece el tema a tratar en el 6.2.- Es la Iniciativa de acuerdo edilicio presentada por la Regidora, C. Carla Verenice Esparza Quintero, mediante la cual propone a los integrantes del Ayuntamiento, se autorice la creación y operación del Sistema Profesional de Carrera de la Administración Pública Municipal, que garantice el derecho humano a la gestión pública de calidad.

Misma que será enviada para su estudio y posterior dictamen a las comisiones de Reglamentos, Puntos Constitucionales, Turismo, Desarrollo Económico, Justicia, Derechos Humanos y Gobernación.

Iniciativa que a la letra indica, la que suscribe Carla Verenice Esparza Quintero, en mi carácter de Regidora Presidenta de la Comisión Edilicia Permanente de Turismo y Desarrollo Económico, del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, de conformidad a lo establecido por los artículos 41 fracción Il de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, 83 y 85 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, me permito presentar para su aprobación, modificación o negación las siguientes propuestas, como la iniciativa de acuerdo edilicio.

La cual tiene por objeto proponer al Pleno del H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, la creación y operación del Sistema Profesional de Carrera de la Administración Pública Municipal, que garantice el derecho humano a la gestión pública de calidad, por lo que se solicita se pruebe turnar a las comisiones Edilicias Permanentes de Reglamentos y Puntos Constitucionales, Turismo y Desarrollo Económico, Justicia y Derechos Humanos y Gobernación, por lo que los antecedentes son los siguientes.

La profesionalización del servicio público es una herramienta esencial para fortalecer el Estado de Derecho. Y así lo estableció la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción que señala en su artículo 7° la necesidad de establecer sistemas de convocatoria, contratación, retención, promoción y jubilación de los servidores públicos atendiendo a criterios de equidad, mérito, aptitud y transparencia. Estas medidas se establecen con la finalidad de prevenir la corrupción logrando disminuir el marco de discrecionalidad con el cual se corre el riesgo de establecer un sistema de servicio público que fomente este fenómeno.

Desde el año 2006 se ha contado con una Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal en donde se cuentan con lineamientos para ingreso y permanencia de servidores públicos de la administración centralizada, lo cual ha representado un aporte sustancial para disminuir la corrupción y mejorar los estándares de los servicios que brinda el Poder Ejecutivo Federal.

Por lo tanto, en la medida en que no se tenga un sistema de profesionalización de la función pública municipal que se desligue de una evaluación sin lineamientos claros y altamente discrecional, se estará en una posición que se contrapone a los criterios establecidos en los tratados internacionales en materia de prevención de la corrupción de los que México es parte.

En la exposición, la edil de MORENA explica:

I- El Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco es una entidad pública investida de personalidad jurídica y patrimonio propio, integrada por una asociación de vecindad asentada en su circunscripción territorial y es parte integrante de la división territorial, de la organización política y administrativa del Estado de Jalisco; constituye un orden de gobierno con capacidad política y administrativa para la consecución de sus fines; es autónomo en lo concerniente a su régimen interior.

Se constituye en una comunidad de vida, cuya misión consiste en proteger y fomentar los valores humanos que generen las condiciones de armonía social y del bien común.

II- De conformidad a lo establecido en el artículo 115, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73 fracción Il de la Constitución Local, artículo 10 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el Ayuntamiento, que es el órgano de Gobierno Municipal, estará integrado por el Presidente Municipal, Síndico y Regidores electos por el principio de mayoría relativa y los de representación proporcional, con base a la legislación electoral.

IlI- Que el artículo 77 de la Constitución Política del Estado de Jalisco prevé que los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, con el objeto de organizar la administración pública municipal.

IV- Que el artículo 50 fracción I de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, establecen la facultad de los Regidores para presentar iniciativas de ordenamientos municipales.

Atento a lo antes señalado a lo largo del presente documento, se pone a consideración de este Honorable Organo Colegiado en Pleno se autorice la iniciativa que tiene por objeto la creación y operación del Sistema Profesional de Carrera de la Administración Pública Municipal de Puerto Vallarta, como un mecanismo para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito y con el fin de impulsar el desarrollo de la función pública municipal para el beneficio de la sociedad, para lo que se propone turnar la presente iniciativa a las comisiones Edilicias Permanentes de Reglamentos y Puntos Constitucionales, Turismo y Desarrollo Económico, Justicia y Derechos Humanos y Gobernación para su análisis y en su caso aprobación.

Por lo que este acuerdo, es el siguiente:

ÚNICO.- Que el Pleno del H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, apruebe turnar la presente Iniciativa a las Comisiones Edilicias Permanentes de Reglamentos y Puntos Constitucionales, Turismo y Desarrollo Económico, Justicia y Derechos Humanos y Gobernación, lo anterior para efecto de que sea Integrada y Dictaminada favorablemente, ello en virtud lo precisado a lo largo de la previa exposición de motivos que la justifica.

                                                         
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