Proponen multas más severas por daño ambiental

15 mayo, 2025
Sesión ordinaria de ayuntamiento

En la sesión ordinaria de ayuntamiento, propusieron la aplicación de multas más severas por daño al medio ambiente, como es la tala de árboles.

Se dijo que la presente iniciativa tiene por objeto proponer diversas reformas al Reglamento de Ecología del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, con el fin de armonizar su contenido con la estructura administrativa actual del Ayuntamiento, actualizar su base legal en materia de sanciones económicas, y fortalecer el régimen de protección ambiental frente a hechos como la tala de árboles sin autorización.

Estos cambios responden a una realidad normativa, institucional y ambiental que exige una actuación decidida por parte del gobierno municipal.

Con la aprobación y entrada en vigor del nuevo Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de Puerto Vallarta, se estableció una reconfiguración de las dependencias y unidades administrativas encargadas de atender los temas ambientales.

En este nuevo diseño institucional se creó la Dirección de Sostenibilidad Ambiental, dejando atrás la figura de la Subdirección de Medio Ambiente y Ecología, lo que implica una transformación no solo

Se expuso en justificaciones:

La presente iniciativa de reforma al Reglamento de Ecología del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, encuentra su justificación en la obligación constitucional, legal y ética de proteger el derecho humano a un medio ambiente sano, así como en la necesidad de armonizar la normativa municipal con el marco jurídico nacional e internacional vigente.

En primer lugar, el artículo 4°, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y establece que el Estado garantizará el respeto a este derecho.

Esta disposición impone un deber de acción a todas las autoridades, incluidas las municipales, para crear, modificar y aplicar normas que aseguren la protección ambiental de manera eficaz. Asimismo, el artículo 115 constitucional, en su fracción II, otorga a los municipios competencia en materia de reglamentación sobre servicios públicos y ordenamiento territorial, incluyendo el cuidado del medio ambiente.

Desde el plano internacional, México es parte de diversos tratados vinculantes como el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Acuerdo de Escazú y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, particularmente el Objetivo 15 (Vida de ecosistemas terrestres), que exhorta a frenar la pérdida de biodiversidad y proteger los ecosistemas. Estos instrumentos refuerzan la obligación de los gobiernos locales de implementar medidas normativas eficaces, sostenibles y transparentes en defensa de los recursos naturales.

En segundo lugar, la iniciativa propone adecuar el reglamento municipal a la reforma constitucional publicada el 27 de enero de 2016, la cual desvinculó el salario mínimo como unidad de referencia económica para multas, créditos y pagos, sustituyéndolo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esta reforma modificó los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución Federal y su implementación en el Reglamento de Ecología es obligatoria para
evitar actos administrativos inconstitucionales o impugnables.

En este sentido, se dijo, la aplicación de la UMA garantiza un marco sancionatorio más justo, técnico y actualizable, que evita distorsiones económicas como las observadas recientemente, donde se impusieron sanciones notoriamente inferiores al daño ambiental causado.

Además, la reciente transformación administrativa en el Gobierno Municipal de Puerto Vallarta, derivada del nuevo Reglamento Orgánico que creó la Dirección de Sostenibilidad Ambiental en sustitución de la Subdirección de Medio Ambiente y Ecología, hace necesario actualizar todas las referencias institucionales dentro del Reglamento de Ecología.

La falta de concordancia entre el marco orgánico y el reglamentario puede generar incertidumbre jurídica, duplicidad de funciones, o bien nulidades en procedimientos administrativos si la autoridad actuante carece de facultades claramente reconocidas en la norma reglamentaria.

Finalmente, la problemática reciente en torno a la tala ilegal de árboles centenarios, como ocurrió en diciembre de 2024 en un predio de la colonia Fluvial Vallarta, evidencia la urgencia de reformar el marco sancionatorio ambiental.

En dicho caso, no solo se afectó el arbolado urbano, sino que también se atentó contra especies protegidas como la iguana verde (Iguana iguana), enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010, lo que pudo haber constituido un delito ambiental federal. Sin embargo, la sanción administrativa impuesta fue desproporcionadamente baja, lo cual revela una débil capacidad disuasiva del reglamento actual y la necesidad de establecer sanciones efectivas, proporcionales y ajustadas a la gravedad del daño ecológico.

En este contexto, la iniciativa propuesta es viable, legal y necesaria. Busca armonizar el ordenamiento ecológico municipal con la Constitución, tratados internacionales, normativas federales y la nueva estructura administrativa local. Su aprobación permitirá que el municipio no solo cumpla con sus obligaciones legales, sino que también actúe con eficacia frente a conductas que amenazan su patrimonio ambiental y la calidad de vida de sus habitantes.

Mauricio Lira Camacho

Reportero.

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