El profesor Luis Alberto Michel Rodríguez, reconoció la iniciativa la cual tiene como objetivo fundamental, establecer mecanismos para otorgar una mejor atención a los ciudadanos en sus trámites
Al interior de la presidencia municipal, durante la sesión ordinaria de ayuntamiento mas reciente, el cuerpo edilicio presentó la iniciativa para crear la jefatura de la Mejora Regulatoria Municipal.
Lo anterior que tiene como objetivo establecer mecanismos y herramientas para otorgar una mejor atención a los ciudadanos en sus diversos trámites.
Al respecto el presidente municipal de Puerto Vallarta, profesor Luis Alberto Michel Rodríguez, hizo un amplio reconocimiento porque se trata son medidas que beneficiarán a la población.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 41, fracción Il de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, y 83 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, fue presentada para su estudio y análisis la siguiente iniciativa de acuerdo edilicio.
La cual tiene como objeto que el Pleno del Ayuntamiento autorice la modificación del artículo 141 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, con la finalidad de crear, la jefatura de Mejora Regulatoria.
Para así, dotar a la dirección de desarrollo institucional, y a la administración en general, de un órgano que coadyuve en los procesos de mejoramiento en materia regulatoria del municipio
La iniciativa propone entre otras modificaciones añadir en el cuarto párrafo del mismo artículo que actualmente reza «Para el ejercicio de sus funciones contará con las Jefaturas de Control y Seguimiento; de Transparencia y; de Archivo Municipal.» Debiendo decir «Para el ejercicio de sus funciones contará con las Jefaturas de Control y Seguimiento; de Transparencia; de Mejora Regulatoria y; de Archivo Municipal».
Se expuso en el marco normativo que el artículo 115 fracción II, de la Constitución Federal establece que los
Pablo Ruperto, regidor de MORENA aseguró que el Ayuntamientos tienen la facultad para aprobar de acuerdo a las leyes en materia municipal que deberán expedir las Legislaturas de los Estados, los bandos de policías y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
“Que en concordancia con lo anterior, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, en su artículo 77 fracción Il, inciso a), igualmente señala que los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones con el objeto de regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia”.
En ese orden, el numeral 141 de Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, dispone que a través de la dirección de desarrollo institucional deberá organizar el proceso de mejora regulatoria. Y es en dicho artículo donde se pretende sustituir el texto propuesto en el segundo párrafo y modificar e insertar el último párrafo.
“De la misma manera cabe mencionar que ya existe el Reglamento Municipal de Mejora Regulatoria de Puerto Vallarta, Jalisco, dentro de cuerpo, del marco normativo municipal”.
Se dijo en la sesión de ayuntamiento que de conformidad al artículo 83, del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, establece la facultad de su servidor para presentar iniciativas de ordenamientos municipales y de acuerdos edilicios, en los términos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, me permito someter a su consideración el siguiente
Una vez plasmado el sustento legal del presente documento, nos permitimos presentar para su aprobación, negación o modificación el siguiente punto de acuerdo:
ÚNICO. – Que el pleno del ayuntamiento tenga a bien aprobar, modificar o negar esta iniciativa de acuerdo edilicio, que tiene como finalidad de modificar el artículo 141, y crear la JEFATURA DE MEJORA REGULATORIA, para que esta a su vez forme parte de la dirección de desarrollo institucional”.