Presentan plan de contingencias de salvamento acuático

Lo anterior ocurrió durante la celebración de una reunión con los integrantes de la comisión de protección civil

Aunque ya está en el reglamento, el plan de contingencias de salvamento acuático fue dado a conocer hoy al interior de los integrantes de la comisión de protección civil que preside la regidora Alicia Briones.

A puerta cerrada y con las medidas sanitarias de protocolo por la pandemia del Covid-19, integrantes de esta comisión sesionaron hoy.

Se dio a conocer que en dicho reglamento en su apartado del capítulo III de Salvamento Acuático en el artículo 71, se establece que toda instalación que cuente con cuerpos de agua siendo estos, las extensiones de agua en superficies terrestre o subsuelo en estado líquido, tanto naturales o artificiales, de agua salada o dulce, ya sea pública o privada, deberán contar con un plan de continencias de salvamento acuático, se exceptúa de lo anterior a la vivienda unifamiliar.

En el artículo 72, establece que los planes de contingencia de salvamento acuático, contendrán como mínimo:

– Recomendaciones y reglamentos para el uso de los cuerpos de agua
– Señales de profundidad
– Lugares de instalación de torres guardadas
– Procedimientos operativos
– Medios de difusión del plan de contingencias a empleados y usuarios de las instalaciones y
– Programa y coordinación de servicios de atención a emergencia e instancias municipales

En el artículo 73, las instalaciones que se cuenten con cuerpos de agua, deberán con guardadas y equipo de salvamento acuático, durante los horarios de uso establecidos.

Artículo 74, en todas las instalaciones ya sean públicas o privadas, exceptuándose las viviendas unifamiliares, que cuenten con acceso y frente a la playa, se deberán colocar señalamientos preventivos con banderas de color en los accesos e incluirán panel informativo con dimensiones mínimas de 5o cm por 70 cm.

Los cuales deberán contener información en español, inglés y uno tercero opcional acerca del significado de las banderas.

La localización de panel o letrero debe ser en un lugar visible y ser ilegible a una distancia mínima de 10 metros.

                                                         
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