No cuajan sanciones para automovilistas reincidentes por manejar bajo influjo de alcohol

Sesionaron regidores, pero no hubo nada en concreto

Sigue habiendo largas para aplicar sanciones más duras a los automovilistas reincidentes por manejar bajo los influjos de las bebidas embriagantes.

El conjunto de un par de iniciativas ha sido presentada en dos reuniones internas de las comisiones de justicia y derechos humanas, convocadas por la regidora del Partido Movimiento Regeneración Nacional, MORENA, Claudia Iñiguez.

Su objetivo es afinar la iniciativa para homologar aspectos que incluyen la ley y por otra parte el reglamento municipal de tránsito para aplicación de multas.

Iniciativa que se tiene contemplada ser presentada en la próxima sesión ordinaria de ayuntamiento de finales del mes de mayo.

Las iniciativas en referencia, mismas que siguen siendo analizadas por ediles, se refieren a cambios en el capítulo II, artículo 103.- referente a las sanciones con multas equivalentes a 10 días de salario mínimo general vigente en la zona económica en donde se cometan infracciones.

En su apartado II.- a la persona que conduzca un vehículo de motor en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o psicotrópicos, conforme lo establezca el reglamento de esta ley, pudiéndose aplicar sanción alternativa, a elección del infractor, consistente en un arresto administrativo de 36 horas (en lugar de 24 horas).

Y del artículo 106.- en caso de reincidencia en las infracciones previstas en el presente capítulo, cometidas dentro de los primeros tres meses siguientes, se duplicará el importe de la multa correspondiente.

La propuesta es que tratándose de la infracción contenida en la fracción II del artículo 103 al reincidente o al que por vez primera ocasión conduzca vehículo automotor en tercer grado de ebriedad.

Y de volver a reincidir independientemente del arresto administrativo inconmutable se le retendrá su licencia por 90 días.

                                                         
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