Conceden primer amparo contra el registro obligatorio de celulares

6 junio, 2026

Un ciudadano impugnó judicialmente la disposición federal que condiciona el servicio celular a la entrega de la CURP e identificaciones oficiales.

Las disposiciones regulatorias en materia de telecomunicaciones implementadas a nivel nacional enfrentan sus primeros reveses en los tribunales federales. Un ciudadano radicado en el estado de Aguascalientes promovió y obtuvo el primer juicio de amparo en contra del registro telefónico obligatorio, estrategia gubernamental que exige la vinculación de los números celulares con la identidad legal de los usuarios. El recurso legal, radicado en el Juzgado Primero de Distrito de dicha entidad, busca salvaguardar el derecho a la privacidad y la continuidad del servicio en dos líneas telefónicas particulares, argumentando que los nuevos lineamientos omiten la protección de los derechos humanos constitucionales.

La normativa estipula como fecha límite el próximo 30 de junio de 2026 para que la ciudadanía formalice el alta de sus números mediante la presentación de la CURP y una identificación oficial. De acuerdo con las directrices fijadas, las líneas que no cumplan con este requisito sufrirán una suspensión total de llamadas, datos móviles y mensajes de texto a partir del 1 de julio, quedando limitadas exclusivamente para la realización de enlaces de emergencia. La medida busca asociar cada chip a una identidad reconocida para mitigar la comisión de delitos como la extorsión y el fraude, aunque hasta el momento no se ha logrado regularizar ni la mitad de las 160 millones de líneas activas en el país.

Ante el lento avance del padrón, el sector empresarial del ramo también ha manifestado sus reservas. El accionista mayoritario de América Móvil, Carlos Slim, hizo un llamado público para que las dependencias federales reconsideren los plazos de ejecución, advirtiendo que la complejidad del trámite en el esquema de prepago —que representa el 80% del mercado nacional— podría provocar un corte masivo de conexiones que afectaría tanto a usuarios como a la actividad económica. El regulador insistió en que el procedimiento solo contempla la validación de documentos y pruebas de vida visuales, quedando estrictamente prohibida la solicitud de datos biométricos sensibles.

Fuente: Juzgado Primero de Distrito en Aguascalientes y CRT | © Redacción NoticiasPV

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