El Ejecutivo estatal precisó que el fallo de la SCJN únicamente invalidó el concepto de «vicio» por ambigüedad, conservando vigentes las penas de prisión y multas por incitación o enaltecimiento de conductas ilícitas.
El Gobierno del Estado de Jalisco aclaró que las disposiciones legales que sancionan la apología del delito continúan plenamente vigentes en la entidad, luego del fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 48/2026. La administración estatal enfatizó que la resolución no invalida el marco regulatorio contra la difusión de contenidos que promuevan actividades ilícitas en espectáculos públicos, incluidos los denominados narcocorridos.
El pronunciamiento se da tras la impugnación promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el Decreto 30134/LXIV/26, avalado por el Congreso del Estado el pasado 28 de enero de 2026.
Alcance de la resolución judicial, penas vigentes y marco municipal:
– Delimitación de la SCJN: El máximo tribunal del país únicamente declaró inconstitucional el segmento del texto legal que hacía referencia a la apología de “algún tipo de vicio” debido a su ambigüedad jurídica, dejando intactas las sanciones penales para quien induzca públicamente a la comisión de delitos o haga apología de estos.
– Sanciones vigentes en el Código Penal: El artículo 142 del Código Penal del Estado de Jalisco mantiene penas de seis meses a un año de prisión, así como multas que van de las 30 a las 60 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quienes incurran en estas conductas.
– Normativa municipal sin cambios: Las reformas impulsadas por el gobernador Pablo Lemus a la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal no fueron materia de impugnación, por lo que los ayuntamientos mantienen la obligación de emitir reglamentos para restringir la reproducción de música o videos que promuevan la violencia o a perpetradores de delitos en eventos públicos.
– Postura sobre libertad de expresión: El Ejecutivo precisó que el ordenamiento no censura géneros musicales ni vulnera la libertad de creación artística, sino que fija contrapesos legales frente a espectáculos masivos que glorifiquen hechos delictivos.
Con esta precisión, las autoridades estatales confirmaron que los municipios y corporaciones continuarán aplicando las normas vigentes en materia de regulación de espectáculos masivos.
Fuente: Gobierno del Estado de Jalisco | SCJN | © Redacción NoticiasPV