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SCJN ratifica condena contra Emilio Lozoya por calumnias a Lourdes Mendoza

El máximo tribunal del país desechó el último recurso del exdirector de Pemex; Lozoya deberá pagar medio millón de pesos tras inventar sobornos con bolsas de lujo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un revés definitivo a Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), al confirmar que deberá indemnizar con 500 mil pesos a la periodista Lourdes Mendoza. El Pleno de la Corte determinó por unanimidad desechar el amparo con el que Lozoya pretendía evadir la sentencia por daño moral que arrastra desde 2022, cerrando así un capítulo de difamación que inició en el marco del caso Odebrecht.

La fábula de la bolsa de lujo
El conflicto legal estalló en 2020, cuando Lozoya, en un intento por obtener beneficios procesales ante la Fiscalía General de la República (FGR), acusó a la columnista de finanzas de haber recibido una bolsa de una prestigiada marca como soborno. Según la versión de Lozoya —que resultó ser falsa—, el accesorio fue un regalo enviado por el exsecretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray, para comprar una línea editorial favorable al gobierno de Enrique Peña Nieto.

Unanimidad en el máximo tribunal
Bajo la ponencia de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, las y los ministros analizaron el recurso de revisión 555/2024. La resolución fue clara: no existía materia de constitucionalidad que justificara la intervención de la Corte, por lo que el amparo fue declarado improcedente. Con esta decisión, la justicia mexicana valida que Lozoya afectó gravemente la reputación e integridad de la comunicadora con señalamientos sin sustento.

«La justicia llega»: Mendoza celebra el fallo
Tras conocerse la resolución, la periodista Lourdes Mendoza expresó en sus redes sociales que «la justicia a veces tarda, pero llega», celebrando el fin de un proceso de casi seis años. La indemnización de medio millón de pesos queda firme como una medida de reparación por el daño moral ocasionado por el exfuncionario, quien ya no cuenta con más instancias legales para revertir este pago.

Fuente: Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) | © Redacción NoticiasPV

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