Exhorto a Pepe Martínez y Felipe de Jesús

En expedición de constancias de residencia

Hoy fue presentado un exhorto en sesión extraordinaria de ayuntamiento, hacia el alcalde interino de Puerto Vallarta, José Francisco Martínez Gil, “Pepe Martínez” y el secretario general, el secretario general, Felipe de Jesús Rocha para que asuman su responsabilidad y apego a la ley para la expedición de las constancias de residencia.

Este es el escrito que fue expuesto.

Primeramente, quiero felicitarlo por su nuevo cargo como presidente municipal interino, y segundo para que quede asentando en actas, el siguiente exhorto que me permito realizar tanto a usted presidente como al secretario general para que actúen con responsabilidad y sobre todo con apego a la ley, en cuanto al tema de la expedición de las constancia de residencia, y no vayan a incurrir en hechos que puedan ser configurados como faltas administrativas o delitos como son fraude procesal, falsificación de certificaciones, y falsedad de declaraciones, los cuales se encuentra contemplados en los artículos 154 Bis, 167, y 18 fracción 1, del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco.

El regidor del PVEM, Francisco Sánchez expuso, porque les digo esto, en días pasados me abordaron dos ciudadanos, solicitándome que los apoyara para que en sesión de ayuntamiento le pidiera a usted secretario, que cumpliera con su obligación de atender las peticiones realizadas de conformidad con el artículo 8 de nuestra carta magna, esto en virtud de que dichos ciudadanos en los meses de diciembre del año 2023, y febrero del 2024, le presentaron algunos escritos, mediante los cuales hacen de su conocimiento, respecto a diversos hechos que a su consideración previo a que usted expida la constancia de residencia en favor del ex presidente municipal de Puerto Vallarta, Jalisco, del periodo 2012-2015.

En caso de que la solicite, sean analizados los hechos narrados y las documentales aportadas por los mismos, para fundamentar que dicho ciudadano no cumple con las exigencias establecidas por la ley, ni con los requisitos fijados por la dependencia a su cargo con el objeto de acreditar el requisito de elegibilidad ante la autoridad electoral competente.

Dijo, motivo por el cual le solicitan que no expida dicha constancia. Secretario, considero que es sumamente importante que si ponga atención en las observaciones realizadas por dichos ciudadanos, antes de expedir la constancia de residencia correspondiente, con el ánimo de que tanto usted como el presidente no incurran en responsabilidades administrativas y penales.

Porque efectivamente es del conocimiento publico que dicho ciudadano ejerció el cargo de Subsecretario de Gestión integral de Recursos y Programas Sociales, en la secretaria del Sistema de Asistencia Social del Gobierno del Estado de Jalisco por un lapso aproximado 5 años, y que su domicilio laboral se encontraba ubicado en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

Además, también me gustaría hacer de su conocimiento que dicho exfuncionario público, en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre del 2023 estuvo comisionado en este municipio por un total de 53 días, y solicito el pago aproximado de $ $44,972.93 (cuarenta y cuatro mil novecientos pesos 93/00 m.n.) por concepto de viáticos. Con lo cual se puede corroborar que su domicilio de trabajo no estaba en este municipio de Puerto Vallarta.

Dicha información puede ser consultada el sistema de gestión de viáticos del gobierno del estado de jalisco.
https://viatico.jalisco.gob.mx/

Por último, le hago entrega de dichos escritos para que de respuesta a la brevedad posible en virtud que ha transcurrido el termino en exceso para ello.

Por Mauricio Lira Camacho
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