En marcha actualización del reglamento de salud

Iniciativa de la regidora de Movimiento Ciudadano

Avanza reglamento.

La regidora de Movimiento Ciudadano, Candelaria Tovar, encabezó hoy la mesa de trabajo cuyos integrantes de la comisión de salud, siguen analizando el reglamento correspondiente, el cual busca beneficiar a los trabajadores.

La edil del partido naranja hizo énfasis en los fundamentos de las modificaciones al reglamento de salud, el cual será enviado para su análisis a los integrantes de la comisión de reglamentos, luego el documento regresará a la comisión de salud, para presentar la modificación en la próxima sesión ordinaria de ayuntamiento, con lo que se busca la aprobación del pleno.

El reglamento aprobado entrará en funcionamiento una vez publicado en la gaceta municipal.

Estos son los fundamentos de la modificaciones, fue lo que expuso la regidora Candelaria.

ART. 8.- De acuerdo al anterior reglamento, se fija la base que de acuerdo al convenio firmado en el año 2013 con el IMSS los servicios médicos son subrogados con dicha institución, por lo que queda señalado en el reglamento, lo que antes no se contemplaba.

Así mismo se sigue respetando la facultad de servicios médicos municipales en el anterior reglamento que de acuerdo a sus posibilidades operativas y presupuestarias, coadyuve en la atención en materia de salud a la población vallartense.

ART. 14.- Se otorgan las facultades para supervisar los servicios prestados en material de salud por servidores públicos, por ser una atribución ya otorgada por el reglamento orgánico con todas las áreas de este ayuntamiento. Así mismo se traslada la facultad de otorgar los certificados de incapacidad temporal a la oficialía mayor validando los tiempos y formas que señalen los médicos tratantes del IMSS en las prescripciones de reposo o recomendaciones médicas que otorguen al empleado.

ART. 25.- Se traslada la figura del apoyo en viáticos para atención medica foránea a los empleados del anterior reglamento, con la diferencia de que ahora será la oficialía mayor quien lo autorice y valorando la condición del trabajador así como la capacidad presupuestaria para el otorgamiento.

ART.27.- Se describe el certificado de incapacidad temporal señalando que el pago corresponde a la oficialía mayor, apegándose esta en todo momento a la recomendación emitida por el medico tratante del IMSS para el pago durante dicho periodo de reposo o recuperación medica.

ART. 30.- Se incluye en el nuevo reglamento el esquema de pago para las incapacidades de acuerdo a lo que ya se encuentra dispuesto en el art. 39 del Reglamento Interior del Trabajo

ART. 31.- Se incluye el permiso por paternidad de 15 días hábiles remunerados por el nacimiento de un hijo, ello en acuerdo al art. 43 de la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco, siendo que el anterior reglamento otorgaba 5 días, pero la Ley estatal es clara y obliga al otorgamiento de 15 días. Además se incluye una prorroga que podrá autorizar oficialía mayor de hasta 5 días hábiles cuando la madre, la o el bebe hayan tenido complicaciones medicas y ocupen de cuidado.

ART. 33.- Este articulo se agrega en acuerdo al proyecto presentado por la secretaría de trabajo y previsión social en referencia a la corresponsabilidad familiar de los patrones en relación a sus empleados, cuando se es cabeza de familia y no se cuenta con apoyo familiar o bien si el médico lo requiere por concepto de firmas, la oficialía podrá autorizar que se les otorguen al padre o la madre siempre que acredite la necesidad de dicha situación.

ART. 36.- Este artículo se genera en acuerdo lo dispuesto en las leyes para las instituciones de seguridad social como IMSS e ISSSTE, que en reconocimiento a las diferentes estrategias seguidas en la lucha contra el cáncer se otorgan para los empleados que tienen hijos que padecen esta enfermedad, siendo corresponsables con la salud familiar de los empleados
Municipales

                                                         
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