La recomendación se refiere al caso de una embarazada a la que se le practicó una cesárea y cinco días después murió por un paro cardiorrespiratorio debido a omisiones, falta de vigilancia, retraso injustificado en su atención, diagnóstico y tratamiento.
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GUADALAJARA, Jal. (proceso.com.mx).- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por violencia obstétrica y atención inadecuada en tres de sus hospitales de Jalisco que derivó en el fallecimiento de una mujer.
En la recomendación 235/2023, la CNDH detalló que una mujer embarazada que parió el 1 de febrero de 2020 falleció cinco días después por un paro cardiorrespiratorio debido a omisiones, falta de vigilancia, retraso injustificado en su atención, diagnóstico y tratamiento.
La falla es atribuible a 11 personas que laboran en la clínica médica familiar número 53; el Hospital General Regional número 45 –conocido popularmente como Ayala– y en el área de Gineco-Obstetricia del Centro Médico Nacional de Occidente.
La víctima inició su atención en julio de 2019, en la clínica 53; tres meses después fue enviada al Hospital Ayala para un manejo especializado debido a que se trataba de un embarazo de alto riesgo, puesto que ella desde los ocho años padecía de várices esofágicas.
El 29 de enero de 2020, cuando ya tenía más de ocho meses de gestación, regresó a la clínica 53 a los servicios de gastroenterología y angiología, pero sólo recibió atención en esta última especialidad y se omitió la revisión del gastroenterólogo.
Sin embargo, éste último, sin revisar a la paciente, ordenó que ese mismo día se le hospitalizara y se le hiciera una cesárea para evitar complicaciones. El 1 de febrero de 2020 dio a luz sin dificultades, pero dos días después se sintió mal y fue enviada a terapia intensiva. El 4 de febrero fue dada de alta, al considerar la médica encargada que estaba fuera de peligro.
Al día siguiente, la víctima presentó de nuevo malestares, por lo que ingresó al área de urgencias del Centro Médico, donde le detectaron una hemorragia interna, la cual le provocó un paro cardiorrespiratorio y su fallecimiento el 6 de febrero.
La pareja de la víctima presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) por “negligencia médica”. El 7 de junio de 2022 la FGR determinó no ejercer acción penal. El 25 de abril de 2022 el IMSS determinó que la queja era improcedente con el argumento de que el fallecimiento no tiene relación con la atención obstétrica, sino con complicaciones gastro-digestivas.
Actualmente, la pareja de la víctima se hace cargo de la criatura, quien padece autismo, por lo que requiere de cuidados especiales. Al hombre, debido a que sufre depresión, le cuesta trabajo mantener un empleo.
La CNDH recomendó al IMSS reparar el daño ocasionado para que se destine al cuidado del menor de edad y que se proceda a registrar a los afectados indirectos en el Registro Nacional de Víctimas. Además, el IMSS les deberá dar de manera gratuita la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran, mediante personal especializado y en lugares accesibles.
En un plazo no mayor de seis meses, el IMSS deberá impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos a todo el personal médico de los servicios de gastroenterología, urgencias, angiología y terapia intensiva de sus tres hospitales, debiendo estar presentes especialmente los 11 responsables.