El Instituto Mexicano del Seguro Social desmintió cadenas informativas falsas que alertaban sobre la suspensión de pagos a pensionados de las Leyes 73 y 97, aclarando que la captura facial y dactilar es un procedimiento opcional exclusivo para la Cédula Digital de Salud.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desmintió categóricamente las versiones que señalan la obligatoriedad del registro biométrico —reconocimiento facial y huella dactilar— en la aplicación IMSS Digital como condición obligatoria para mantener el pago de las pensiones de las Leyes 73 y 97.
La representación institutional precisó que la dispersión de los fondos mensuales está plenamente garantizada conforme al calendario oficial, por lo que instó a los derechohabientes a evitar caer en desinformaciones generadas en redes sociales y consultar únicamente los canales oficiales de comunicación.
Diferencias entre trámites opcionales y obligatorios:
– Función de la biometría: La captura de datos biométricos en la app móvil es un proceso totalmente optativo diseñado exclusivamente para resguardar el acceso a la Cédula Digital de Salud, herramienta que permite visualizar el historial médico personal de los últimos 12 meses.
– Fe de vida para extranjeros: El único trámite obligatorio de acreditación periódica aplica exclusivamente a los pensionados y jubilados que residen fuera del país, quienes deben presentar semestralmente su certificado de supervivencia presencial ante la red consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
– Trámite en línea Mi Pensión Digital: Se recordó que para iniciar la solicitud de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, los asegurados de 60 años o más cuentan con el portal «Mi Pensión Digital», el cual requiere una única validación presencial en ventanillas de Prestaciones Económicas.
Para resolver dudas sobre la dispersión de haberes o resolver incidencias operativas, el organismo mantiene habilitada la línea telefónica gratuita 800 623 2323, opción 3.
Fuente: IMSS / SRE / ISSSTE / ISSFAM / © Redacción NoticiasPV