Difundió material digital íntimo de su expareja y hoy está en prisión

En Jalisco, ya hay castigo contra aquellos sujetos que difunden material íntimo de mujeres en redes sociales, mensajería o en internet. Se trata de la Ley Olimpia. En esta ocasión el detenido sostuvo una relación por 10 años con una mujer, ella ya no quiso seguir con él, el sujeto indignado empezó a difundir fotos y videos íntimos, por lo que la afectada decidió denunciarlo.

Comunicado | Como resultado del diligente trabajo ministerial con perspectiva de género y de derechos humanos que realizó la Fiscalía del Estado (FE) a través del área de Delitos Varios, la Policía Cibernética y la Policía de Investigación, en torno a la denuncia por la difusión de videos y fotografías con contenido íntimo en agravio de una mujer, se lograron resultados favorables con la vinculación a proceso del probable responsable de nombre Jorge Alberto R.

Dicho sujeto fue imputado por violación a la intimidad sexual, prevista en el artículo 176 bis 3, fracciones I y IX; chantaje, contemplado en el 190 y delitos contra la dignidad de las personas, previsto en el artículo 202 bis, fracción III, todos del Código Penal de Jalisco, como una acción para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Digital contra Las Mujeres, conocidas como Ley Olimpia.

Con base en las pesquisas que se llevaron a cabo, con enfoque diferencial y especializado, se pudo establecer que Jorge Alberto R. había tenido una relación sentimental con la víctima durante 10 años, la cual culminó en diciembre de 2019.

Sin embargo, dicho sujeto continuó llamando a la femenina con el objetivo de relacionarse de nueva cuenta, pero ella se negó. Por tal motivo, Jorge Alberto R. presuntamente le hizo advertencias de que si no accedía, exhibiría en internet videos con contenido íntimo de ambos, que este había grabado durante el transcurso de su relación.

En abril del año 2020, la víctima fue notificada por otra persona, que su intimidad había sido expuesta, ya que se encontraban circulando los referidos videos y fotografías en dos páginas de internet pornográficas, los cuales habían sido reproducidos y descargados de forma masiva.

En febrero, marzo y abril del 2021, la ofendida recibió mensajes de texto vía Whatsapp de parte de Jorge Alberto R., con la insistencia de visitarla en su domicilio para relacionarse de nueva cuenta, además de que le envió una fotografía íntima de ella y de la fachada de su casa.

En su justo reclamo de acceso a la justicia, la ofendida presentó la denuncia penal correspondiente en el área de Delitos Varios de la FE, por lo que el Ministerio Público le dictó las medidas de protección correspondientes y a su vez, en un trabajo conjunto con la Policía de Investigación y la Policía Cibernética de esta institución, se llevaron a cabo las diligencias correspondientes bajo el protocolo de perspectiva de género y de derechos humanos, con el objetivo de garantizar la seguridad digital de la denunciante.

Durante el desarrollo de estos trabajos conjuntos, se advirtió que algunos videos ya no circulaban en la red, pues habían sido eliminados; sin embargo, sí se lograron ubicar otros, los cuales fueron eliminados de internet a solicitud del Ministerio Público, con el auxilio de la Policía Cibernética.

Para salvaguardar los derechos de la ofendida, el Agente del Ministerio Público del área de Delitos Varios reunió datos de prueba sólidos y judicializó la carpeta de investigación por delitos contra la dignidad de las personas y violación a la intimidad sexual así como chantaje.

En fechas recientes, el Juez de Control solicitó la comparecencia de Jorge Alberto R., mediante cita, por lo que fue imputado.

Una vez que dicha autoridad analizó los elementos que aportó esta representación social, consideró que efectivamente la denunciante fue víctima de violencia de género, sexual y digital, por lo que bajo una perspectiva de género, resolvió vincularlo a proceso por los ilícitos ya señalados.

Ahora, Jorge Alberto R. deberá presentarse a firmar una vez al mes ante el Órgano Jurisdiccional y no puede salir del Estado ni del país, sin autorización de dicha autoridad. Además tiene prohibido acercarse a la víctima, a su lugar de trabajo, domicilio y testigos, durante el término de seis meses.

La Fiscalía del Estado reitera que una de sus prioridades es la investigación de estos casos con un enfoque diferencial y especializado, en apego a los protocolos que establece la ley, para garantizar con ello una indagatoria sólida, con especial énfasis en la justicia hacia estas víctimas, por lo que continuaremos trabajando para capturar a quienes resulten responsables de estos delitos y evitar la impunidad.

                                                         
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