Confirman que es de la Armada Chilena y estará frente a Puerto Vallarta unos días
Ante la presencia de un submarino frente a las playas de Puerto Vallarta, en aguas mexicanas, Capitanía de Puertos emitió un comunicado dirigido principalmente a los patrones de embarcaciones de recreo y deportivas, con el fin de que realicen su navegación respetando el área donde la nave permanecerá fondeada durante los próximos días.
El buque, identificado como el submarino chileno Thomson, se encuentra en visita no comercial y permanecerá en la zona del 15 al 18 de agosto de 2025.
La Capitanía de Puerto Regional de Puerto Vallarta detalló las recomendaciones y lineamientos a seguir, así como la ubicación exacta de fondeo, para garantizar la seguridad marítima y prevenir incidentes.
A continuación, el comunicado íntegro:
Secretaría de Marina
Subsecretaría de Marina
Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos
Dirección General Adjunta de Capitanías de Puerto
Capitanía de Puerto Regional de Puerto Vallarta, Jal.
Departamento del Resguardo Marítimo Federal
Esta Capitanía de Puerto Regional, a mi cargo, hace del conocimiento la visita a este puerto del submarino de la Armada Chilena denominado Thomson. Dicho buque de Estado, con fines no comerciales, quedará fondeado en coordenadas geográficas: latitud 20°39’224″ N y longitud 105°762′ W (a 1.39 kilómetros al suroeste de la playa, a la altura de Bay View Grand Condos), a partir de las 08:00 horas del 15 al 18 de agosto de 2025.
1. A los patrones de las embarcaciones de recreo y deportiva, se les exhorta a realizar su navegación respetando el área en la que se fondeará el submarino.
2. A los propietarios de jetskis, kayaks, paddles, embarcaciones de remolque de bananas y parachute, se les solicita evitar realizar sus actividades en las inmediaciones del punto de fondeo del submarino, con el fin de prevenir algún incidente marítimo y proteger la vida humana en el mar.
3. Bajo ninguna circunstancia acercarse y/o intentar abordar el submarino.
4. Seguir las recomendaciones y lineamientos emitidos por la Autoridad Marítima Nacional y estar pendiente de cualquier comunicado marítimo que se difunda por vía radio VHF, canales 13 y 16.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 14, segundo párrafo; 16, primer párrafo; y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 30, fracciones IV, V inciso VII ter y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción II, 3 fracciones II inciso d), V, 20 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; 1, 4, 5, 7 fracción I y 8 fracciones IX, XVII y XVIII, 9 fracción I, 36 y 37 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; y Acuerdo Secretarial número 503/2023 mediante el cual se establece la jurisdicción territorial y marítima de las Capitanías de Puerto.