El síndico Francisco Sánchez Peña, informó en sesión ordinaria de ayuntamiento de la sentencia ejecutoria del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 13, dentro del Juicio Agrario 376/2007, a través del pago en parcialidades en favor de Gregorio Espinoza Peña sustituto procesal del difunto Gregorio Espinoza Mendoza por la cantidad de 120 millones de pesos
El pleno edilicio aprobó el pago de 120 millones de pesos en favor del ciudadano Gregorio Espinoza Peña, luego de la sentencia ejecutoria del Tribunal Unitario Agrario del distrito 13, dentro del juicio agrario 376 / 2007, a través de pagos en parcialidades.
Estas parcialidades comenzarán a erogarse por 15 millones de pesos cada mes de enero a abril del 2027 y el resto de los 60 millones de pesos, por un concepto de 3 millones anuales, sin intereses, hasta el 2046.
La iniciativa de acuerdo edilicio fue presentada la tarde de este miércoles 5 de noviembre por el síndico, Sánchez Peña.
La cual tiene por objeto que el Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, apruebe y autorice dar cumplimiento a la ejecutoria dictada con fecha 29 veintinueve de junio de 2020 dos mil veinte, por el Tribunal Unitario Agrario Distrito 13, dentro del Juicio Agrario con número de expediente 376/2007, en específico con el resolutivo tercero de dicha resolución, el cual consiste en realizar un pago indemnizatorio a favor del actor en dicho Juicio, Gregorio Espinoza Mendoza por el valor de los metros cuadrados resultantes a la parcela afectada.
Con su actualización, al momento de la afectación, determinado en ejecución de sentencia a cargo de peritos en materia de valuación; al estar ocupada por el relleno sanitario (basurero municipal de Puerto Vallarta, Jalisco) del que se trata, en el ejido Las Juntas, Municipio de Puerto Vallarta.
Los puntos de acuerdo aprobados fueron los siguientes:
PRIMERO. – El Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, aprueba autorizar por motivos urgentes y justificados con apego a lo establecido por el Reglamento del Gobierno Municipal de Puerto Vallarta, Jalisco, y demás ordenamientos jurídicos, que prorroguen el cumplimiento a la ejecutoria dictada Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito en el Estado de Jalisco, dentro del Amparo directo número 183/2020, con relación a la sentencia dictada con fecha 29 veintinueve de Junio de 2020 dos mil veinte por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 13, dentro del Juicio Agrario 376/2007.
SEGUNDO. – El Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, aprueba y autoriza dar cumplimiento a la ejecutoria dictada por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito en el Estado de Jalisco dentro del Amparo directo número 183/2020, con relación a la sentencia dictada con fecha 29 veintinueve de Junio de 2020 dos mil veinte por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 13, dentro del Juicio Agrario 376/2007, a través del pago en parcialidades en favor del C. GREGORIO ESPINOZA PEÑA quien es sustituto procesal del difunto GREGORIO ESPINOZA MENDOZA, por la cantidad de $120’000,000.00 (CIENTO VEINTE MILLONES DE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) IVA INCLUIDO, por el valor de la superficie afectada donde actualmente se encuentra la el basurero municipal conocido como «El divisadero», en la Delegación Las Juntas, en el Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, en las forma y temporalidad mencionadas en el CONSIDERANDO SEGUNDO, mediante el convenio que para dicho efecto se elabore.
Lo anterior, debido a que la ejecución de la sentencia original afecta gravemente a hacienda pública municipal, al no tener contemplado dicho gasto dentro del ejercicio fiscal en curso, por ende, genera la imposibilidad material y jurídica para cumplir lo ordenado en la sentencia de amparo
TERCERO. – El Honorable Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, autoriza celebrar y suscribir el convenio correspondiente con el C. GREGORIO ESPINOZA PEÑA quien es el sustituto procesal del difunto GREGORIO ESPINOZA MENDOZA, CONVENIO DE PAGO EN PARCIALIDADES, por el valor total de la superficie afectada, en el que se localiza el basurero municipal conocido como «El Divisadero” en el ejido de Las Juntas en Puerto Vallarta, Jalisco.
CUARTO. – Se faculta a los ciudadanos Presidente Municipal, Síndico Municipal, Secretario General y al Tesorero Municipal para que en nombre del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, celebren, suscriban y realicen de forma conjunta o individual los actos jurídicos; actos administrativos; instrumentos legales, convenios; contratos y acuerdos de voluntades ante las autoridades competentes, a efecto de dar cumplimiento al presente.
QUINTO. – Se instruye a la Sindicatura Municipal para que, en coordinación con la Dirección Jurídica, elaboren el acuerdo de voluntades respectivo y los documentos que resulten pertinentes para dar cumplimiento a la propuesta presentada. Así como notificar a la autoridad judicial lo conducente para los efectos legales
correspondientes.
SEXTO. – Se instruye a la Tesorería Municipal, a efecto de que eroguen los recursos económicos suficientes de las partidas presupuestales correspondientes, para dar cumplimiento al presente.
Por lo anterior, deberá contemplarse en el Presupuesto de Egresos de los Ejercicios Fiscales siguientes que diera lugar. Así mismo, que se contemple la obligación de pago en los próximos ejercicios presupuestales siguientes.
SÉPTIMO. – Se instruye y faculta a la Sindicatura Municipal para que, en su momento, atienda y de cumplimiento a lo establecido por el artículo 91 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.


