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Aprobaron en comisiones 562 MP para pago de laudo

Víctor Manuel Bernal Vargas encabezó reunión edilicia de la comisión de puntos constitucionales en coordinación hacienda y cuenta pública

Ediles de la comisión de puntos constitucionales, reglamentos, hacienda y cuenta pública aprobaron erogación de poco más de 562 mil pesos para el pago de un laudo.

La reunión fue presidida por el regidor Víctor Manuel Bernal Vargas, presidente de la comisión de puntos constitucionales y reglamentos.

Iniciativa que le fue presentada por el síndico, Francisco Sánchez Peña,la cual tiene por objeto resolver la iniciativa de Ordenamiento Municipal, mediante la cual propone al Ayuntamiento autorice realizar la ampliación de la partida 394 del Presupuesto de Egresos del Municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal 2025, por un monto de $562,664.00 (Quinientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 00/100 Moneda Nacional) para dar cabal cumplimiento al pago del laudo emitido por el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco, dentro del expediente
laboral 2625/2012-G1.

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo estipulado por el artículo 132 del Reglamento del Gobierno Municipal de Puerto Vallarta, Jalisco, las Comisiones Edilicias Permanentes despliegan su posicionamiento a través de los siguientes apartados.

El acuerdo de ayuntamiento es el siguiente.

El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, autoriza e instruye al Titular de la Hacienda Municipal, para que en caso de ser necesario realice las adecuaciones presupuestales con el objeto de dotar recursos suficientes para cumplir con el laudo dictado en el juicio laboral número 2625/2012-G1 radicado en el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco.

SEGUNDO. El Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, instruye y autoriza a la Sindicatura Municipal, Dirección Jurídica y Tesorería Municipal, para que realicen los cálculos y gestiones indispensables para dar cumplimiento a la brevedad posible, al laudo emitido en el juicio citado en el punto anterior, con el objeto de concluir de forma definitiva la litis.

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