El Senado pospuso hasta febrero la discusión de la polémica iniciativa que propone la figura de jueces sin rostro. La decisión se tomó debido a preocupaciones por los criterios de la CIDH (Corte Interamericana de Derechos Humanos), que advierten riesgos graves para el debido proceso.
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Aunque estaba enlistado en el orden del día de hoy de las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos, el Senado dejó la discusión de los jueces sin rostro para el siguiente periodo ordinario de sesiones.
Fue Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, quien pospuso la discusión del dictamen para febrero del 2026. Justificó que buscarán reglamentar esta figura de manera más específica.
“Este es un proyecto de dictamen que hemos venido trabajando desde hace varios meses entre legisladores e instituciones involucradas. Hemos ido avanzando en una primera propuesta con sugerencias que hemos hecho a la iniciativa de nuestra Presidenta”, explicó Corral.
“Hay dos asuntos que creemos que podrían tener mejor procesamiento. El dictamen está en muy buenos términos, sobre todo en la figura de los jueces, pero podríamos avanzar más en reglamentar esa figura con reglas más específicas, con lo que ya los organismos de derechos internacionales han señalado para que cualquier persona tenga un juez imparcial”, justificó el presidente de la Comisión de Justicia en el Senado.
Oposición festeja aplazamiento de la iniciativa en comisiones del Senado
Tras el anuncio, Ricardo Anaya, coordinador del PAN en el Senado, reconoció la disposición del oficialismo.
“Es un gran acierto, hay aspectos que nos preocupan, y celebramos que podamos discutir”, puntualizó.
En entrevista posterior explicó que “el problema más importante es que siguen ampliando los casos en que pueden geolocalizar sin que exista orden judicial. Ahora lo amplían a todos los delitos que están en el artículo 19”.
Además, “los términos en que están planteados los jueces sin rostro nos parece que no es el correcto, pero afortunadamente hubo un mínimo de sensatez”.
A la par, el priista Alejandro Moreno se sumó al reconocimiento: “Vaya, hasta que tomaron una decisión de mandarlo al próximo año porque todo lo que presentan no hay tiempo para discutir, para analizar”.
El dictamen que se discutiría en las comisiones consideraba reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada para determinar la figura de los jueces sin rostro.
¿Cuáles son los contras de los jueces sin rostro?
La iniciativa argumenta que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció que esta figura viola la Convención Americana sobre Derechos Humanos, porque infringe el derecho al debido proceso, en particular el derecho a un juicio público, transparente e imparcial.
“La figura de los jueces sin rostro impide a las personas acusadas conocer la identidad de sus juzgadores, impidiendo así evaluar su competencia, imparcialidad y si existen motivos para su recusación. La iniciativa busca armonizar los fines de la Convención en cita y los propósitos materia de la iniciativa”.
La CIDH también establece que la identidad no puede ocultarse totalmente, porque esto podría generar imposibilidad de impugnaciones o tapar conflictos de interés.
La iniciativa busca apegarse a esos criterios, porque de lo contrario se podría generar la nulidad de los procesos.
¿En qué casos se implementarían los jueces sin rostro?
El dictamen establece que, cuando se trate de delitos de delincuencia organizada, se deben adoptar medidas del Órgano de Administración para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras.
De acuerdo con el artículo 22, para preservar la identidad de un juez se tendrá que verificar la existencia de un riesgo probable, real y grave para la vida del juzgador o de sus familiares en la resolución de casos vinculados con delincuencia organizada.
La pena a imponer también podría ser motivo para preservar su identidad.
Así como la capacidad existente para otorgar medidas de protección a los juzgadores.


