Un estado de México aprueba ley para castigar a quien filtre imágenes íntimas sin autorización

24 mayo, 2019
Quienes cometan el delito de «violación a la intimidad sexual» podrían enfrentar penas de 4 a 8 años de prisión.

actualidad.rt.com

El Congreso de Veracruz (este de México) aprobó este jueves una iniciativa para castigar con una pena máxima de 8 años de prisión a quien difunda imágenes íntimas o sexuales sin el consentimiento de la víctima.

Con 42 votos a favor, el Congreso de Veracruz agregó al Código Penal del estado el delito de «violación a la intimidad sexual» a quien transgreda la «confianza depositada de una persona a otra» y difunda o haga pública las imágenes, videos y audios con contenido sexual que le fueron enviados. 

«El dictamen señala que esta reforma no castiga el intercambio de imágenes con contenido sexual, puesto que es una forma de vivir la sexualidad», se lee en el dictamen, aunque sí habrá castigo cuando no tenga el consentimiento de la persona involucrada.

Penas y multa

Para quien cometa este delito, el Congreso local estableció una pena de cuatro a ocho años de prisión, y una multa que va de 84.490 a 168.980 pesos (entre 4.436 y 8.873 dólares aproximadamente).

Las penas aumentarán cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubino o con quien la víctima haya tenido una relación de afectividad; o cuando se cometa contra una persona con discapacidad que no comprenda el significado del hecho.

«Queremos que se sancione de manera ejemplar a quienes difundan las fotografías y además que la autoridad obligue el retiro inmediato de la publicación», señaló la diputada de Acción Nacional, Montserrat Ortega Ruiz, quien fue la autora de la iniciativa.

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