Propone regidora Guerrero gabinete y direcciones bajo equidad de género

Guadalupe Guerrero presentó iniciativa para modificar artículos 126 y 124 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública Municipal de Puerto Vallarta

La regidora Guadalupe Guerrero propuso en sesión ordinaria de ayuntamiento, modificaciones a los artículos 126 y 124, con el objetivo de que el actual gobierno municipal, cumpla con el precepto de la equidad y género con la integración del gabinete.

Presentó la iniciativa de ordenamiento municipal, la cual se refiere a los artículos 124 y 126 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública Municipal de Puerto Vallarta, con el propósito de ponderar la igualdad sustantiva dentro del gobierno municipal estableciendo el estricto cumplimiento al principio de paridad de género en la conformación del gabinete general.

Este es el punto de acuerdo:

Único, El honorable ayuntamiento de Puerto Vallarta aprueba turnar la presente iniciativa de ordenamiento municipal a las comisiones edilicias permanente de igualdad de genero y desarrollo integral humano, reglamento y puntos constitucionales, así como gobernación a efecto de que analicen, estudien y en su caso dictaminen la propuesta vertida por su servidora.

Se propuso la modificación al artículo 126 de la administración púbica municipal centralizada contará con las siguientes dependencias:

1. Dirección de comunicación social
2. Dirección de desarrollo social
3. Dirección de desarrollo urbano y medio ambiente
4. Dirección de obras públicas
5. Dirección de servicios públicos municipales
6. Dirección de inspección y reglamentos
7. Dirección de padrón y licencias
8. Dirección de seguridad ciudadana
9. Dirección de turismo y desarrollo económico
10. Dirección de proyectos estratégicos
11. Dirección jurídica
12. Oficialía mayor administrativa
13. Dirección de desarrollo institucional
14. Dirección de mantenimientos e intendencia
15. Dirección de protección civil y bomberos

Para la designación de los titulares de las direcciones municipales, independientemente de los requisitos de cada uno de los cargos requiera para el ejercicio de sus funciones, se deberá cumplir el principio de paridad y género.

Lo mismo que la propuesta al artículo 124, deberá establecer lo siguiente:

El secretario general, el tesorero y el contralor municipal, junto con los responsables de las dependencias de la administración púbica centralizada y los titulares de los organismos públicos descentralizados del municipio, conformarán el gabinete general del presidente municipal.

Esto es, para la integración del gabinete general del presidente municipal, independientemente de los requisitos que cada uno de cargos requiera para el ejercicio de sus funciones, se deberá cumplir con el principio de paridad de género.

                                                         
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