Presentarán ante cabildo contratación de una línea de crédito a corto plazo para pago de aguinaldos

La contratación será a corto plazo hasta por el 6% de los ingresos totales aprobados en la ley de ingresos del ejercicio fiscal respectivo, más accesorios y gastos necesarios con una vigencia no mayor a 12 meses

El profe Luis Alberto Michel Rodríguez, presidente municipal de Puerto Vallarta, presentará en sesión ordinaria de ayuntamiento, la iniciativa cuyo objetivo es la contratación de uno o varios créditos a corto plazo para el pago de aguinaldos y otros pendientes.

La contratación será a corto plazo hasta por el 6% de los ingresos totales aprobados en la ley de ingresos del ejercicio fiscal respectivo, mas accesorios y gastos necesarios con una vigencia no mayor a 12 meses.

Durante la exposición de motivos y sustento legal, se explica que esta acción no es nueva para la presente administración, sino que ha venido siendo una práctica gubernamental desde el 2010.

A partir del año 2010 varias administraciones los ayuntamientos en turno, han aprobado la contratación de diversas líneas de crédito, empréstitos con instituciones financieras, ya sea para la reestructuración de créditos o para dar cumplimiento de sus obligaciones en el corto plazo, tal y como se refleja en los esquemas presentados.

Dentro de la orden del día en el 4.2 se lee la iniciativa de acuerdo edilicio presentada por el presidente municipal de puerto Vallarta, Luis Michel, mediante la cual propone al ayuntamiento se autorice la contratación de una línea de crédito a corto plazo con el objetivo de cubrir las necesidades originadas por insuficiencia de liquidez de carácter temporal.

La iniciativa es la siguiente, misma que será presentada este jueves en sesión previa de ayuntamiento y el viernes, durante la celebración de la propia sesión ordinaria.

Primero.- Se autoriza al ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, a través de Luis Alberto Michel, en su carácter de presidente municipal, Juan Carlos Hernández Salazar en su carácter de síndico, Felipe de Jesús Rocha Reyes en su carácter de secretario general y Manuel de Jesús Palafox Carrillo en su carácter de tesorero municipal, para que contraten uno o varios créditos a corto plazo hasta por el 6% de los ingresos totales aprobados en su ley de ingresos del ejercicio fiscal respectivo, más accesorios y gastos financieros con una vigencia no mayor a 12 meses, cuyo destino será cubrir necesidades originadas por insuficiencia de liquidez de carácter temporal y se lleve acabo la implementación de un proceso competitivo en términos de las disposiciones establecidas en la ley de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios y la ley de deuda pública y disciplina financiera del Estado de Jalisco y sus municipios con objeto de formalizar su contratación bajo las mejores condiciones de mercado.

A) Se autoriza al Ayuntamiento de puerto Vallarta a través de Luis Alberto Michelle Rodríguez en su carácter de presidente municipal Juan Carlos Hernández Salazar en su carácter de síndico Felipe de Jesús Rocha Reyes en su carácter de secretario general y Manuel de Jesús Palafox carrillo en su carácter de tesorero municipal, para que celebren con la institución financiera que haya ofrecido las mejores condiciones de mercado, la obligación a corto plazo autorizado de la acuerdo, a través de los instrumentos jurídicos correspondientes.

B) En virtud de la contratación de la obligación a corto plazo, en caso de ser necesario se procederá efectuar las modificaciones a la ley de ingresos y el presupuesto de egresos del municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para el presente ejercicio fiscal y considerar dicha obligación, en su caso, en la ley de ingresos y en el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal correspondiente, a fin de prever el monto a ser destinado al servicio de la deuda que derive de la obligación a corto plazo que se contrate con base a la presente autorización.

C) La obligación a corto plazo que contrate el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco con base en la presente autorización, se inscriben en su caso, en el registro estatal detenta pública de la Secretaría de la hacienda pública del gobierno del Estado de Jalisco y en el registro público único, en términos de lo que previenen las disposiciones legales y administrativas aplicables.

D) En cumplimiento a lo establecido en la ley de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios, se instruye a los funcionarios responsables al interior del municipio para que la obligación a corto plazo que se contrate con base en la presente autorización se incluyen los informes periódicos a qué se refiere la ley General de contabilidad gubernamental y en la respectiva cuenta pública con su gestión de los alcances contemplados en los ordenamientos legales antes mencionados.

E) Si las autorizaciones otorgadas en este acto de Luis Alberto Michel en su carácter de presidente municipal, Juan Carlos Hernández Salazar en su carácter de síndico, Felipe de Jesús Rocha Reyes en su carácter de secretario general y Manuel de Jesús Palafox carrillo su carácter es tesorero municipal, respectivamente, del Ayuntamiento de puerto Vallarta, Jalisco, se encontrarán vigentes durante el periodo de la presente administración municipal durante el ejercicio 2021, plazo durante el cual sus representantes legalmente facultados, deberán realizar todas las gestiones, negociaciones, solicitudes, trámites y celebración de documentos que sean conducentes y necesarios para dar cumplimiento a las mismas.

F) Con base en la presente autorización y para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 penúltimo párrafo de la ley de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios se instruye al tesorero a iniciar con el proceso competitivo correspondiente.

G) Se autoriza al Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, a través de Luis Alberto Michelle Rodríguez, en su carácter de presidente municipal, Juan Carlos Hernández Salazar en su carácter de cívico, Felipe de Jesús Rosa Reyes en su carácter de secretario general y Manuel de Jesús Palafox Carreño su carácter de tesorero municipal, para que suscriban el o los contratos de apertura de crédito, fideicomisos, convenios, instrucciones irrevocables, mandatos y todos aquellos actos jurídicos preparatorios, preliminares y definitivos que se requiera para obtener, en una o varias líneas de financiamientos, incluyendo la afectación o direccionamiento de ingresos así como la contratación de coberturas de tasa de interés, garantía de pago oportuno u operaciones financieras similares, así como la contratación de las instituciones calificadoras de valores y o asesores jurídicos, celebren contratos de prestación de servicios profesionales y financieros que se quiera para dar cumplimiento a lo aquí autorizado.

Finalmente, se informó que de acuerdo a la información proporcionada por parte de la Secretaría General, se tiene documentación emitida donde se acredita que a partir del año 2010 varias administraciones los ayuntamientos en turno, han aprobado la contratación de diversas líneas de crédito empréstitos con instituciones financieras, ya sea para la reestructuración de créditos o para dar cumplimiento de sus obligaciones en el corto plazo, tal y como se refleja en los esquemas presentados.

                                                         
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