¿Por qué no se puede aplicar la pena de muerte en México?

La incidencia de los feminicidios en el país generó que el senador Víctor Fuentes Solís propusiera un debate sobre si la condena debe reinstaurarse.
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Las circunstancias en las que se cometieron los feminicidios de Ingrid Escamilla y la niña Fátima en la Ciudad de México llevaron a algunos senadores a analizar los pros y contra de la aplicación de la pena de muerte en el país.

Víctor Fuentes Solís, del Partido Acción Nacional (PAN), propuso el jueves abrir un debate sobre si se debe imponer esta pena para los feminicidas de niñas, adolescentes y mujeres. Agregó que en este diálogo podrían participar expertos donde se aplica esta sentencia a prisioneros, como es el caso de Estados Unidos y Japón.

Contra esta medida se expresó Ricardo Monreal, coordinador de los senadores de Morena, quien calificó la pena de muerte como una «barbaridad».

«No puede uno, por la circunstancia y la crisis en la que ha vivido el país en los últimos años, establecer ese tipo de penas bárbaras», afirmó.

El senador remarcó que este tipo de sentencia está prohibida por la Constitución, pero, ¿siempre fue así?

El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) señala que la medida ya era practicada en la época prehispánica. Los aztecas, por ejemplo, la aplicaban mediante descuartizamiento, decapitación, lapidación, garrote u horca.

Ya en el México independiente, en 1835, se redactó el primer Código Penal del país que contemplaba la pena de muerte. El acusado era llevado públicamente al patíbulo y era pasado «por armas o por garrote».

La reforma hecha al Código Penal en 1869 abolió la medida. Sin embargo, fue reinstaurada dos años después.

La condena fue abolida a nivel federal en 1929, de acuerdo con un análisis realizado por el Centro de Estudios Sociales y Opinión Pública de la Cámara de Diputados.

No, esto debido a la firma de México en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, conocida como ‘Pacto de San José’.

Signada por el país en 1969, (pero aprobada por el Senado hasta 1980), el pacto establece restricciones a la pena de muerte en las naciones que lo firmaron.

En su artículo cuarto, que trata sobre el Derecho a la Vida, señala que «no se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido«.

Por ello, si el Poder Legislativo llegara a aprobar el regreso de la medida, pondría al país en una situación de violación a tratados internacionales firmados por México en materia de derechos humanos.

Sí, según lo señalado por el Centro de Estudios Sociales y Opinión Pública de la Cámara baja.

En la LX Legislatura, que corrió de 2006 a 2009, se presentaron tres iniciativas al respecto, y una adicional en la siguiente Legislatura (de 2009 a 2012). Todas fueron rechazadas.

En junio de 2018, dentro de la LXIII Legislatura, el Partido Verde ‘revivió’ su propuesta de 2009 y propuso la pena de muerte para castigar a quienes cometan el delito de homicidio doloso vinculado a otros como secuestro, violación, trata de personas y crimen organizado.

Ese mismo mes, Jesús Gilberto Rodríguez Garza, diputado por el distrito 8 de Nuevo León, informó que presentaría como iniciativa la propuesta del excandidato presidencial y actual gobernador neoleonés, Jaime Rodríguez Calderón ‘El Bronco’, de «mochar las manos» a los ladrones.

En esa propuesta, también estaba contemplada la pena de muerte para narcotraficantes, feminicidas, secuestradores y violadores.

                                                         
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