Mala interpretación de la ley expone proceso de maternidad sustituta

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VILLAHERMOSA.- La directora del Programa de Maternidad Gestante Sustituta de la Clínica Reprogyn, María Teresa Betancourt Maldonado, lamentó que un proceso médico y científico, que el Código Civil de Tabasco permite desde 1997, se haya prestado a malas interpretaciones.

Lo anterior, dijo, debido a la “cosificación” de las personas, al ser señaladas las gestantes como “vientres de alquiler” y satanizando a los padres intencionados y hasta a los médicos especialistas en el ramo.

La especialista dijo que no «se puede hacer el proceso de transferencia de embriones en otro estado y llegar a Tabasco para que nazca el bebé y sea registrado” y que las autoridades al no atender esta situación, provocó que un tratamiento «tan humano» como éste se haya expuesto al escrutinio público.

Betancourt Maldonado precisó que la Clínica Reprogyn realiza el tratamiento de maternidad gestante sustituta y, para ello, cuenta con un grupo de mujeres dispuestas a ayudar a otros a conseguir el sueño de ser padres.

Estas mujeres son llamadas en este centro, detalló, como “Ángeles de vida”, porque “ellas dan vida en vida”.

Detalló que el programa Maternidad Gestante Sustituta Reprogyn (MGS) fue creado para atender la demanda de esta técnica de reproducción asistida y por la ventaja que ofrecía la legislación en Tabasco.



“Es un servicio de ayuda a nuestros pacientes, procurando facilitarles esta búsqueda. El encontrar una mujer adecuada no es nada sencillo, se involucran muchos aspectos sociales y de salud”, explicó.

Y agregó que “no somos ni seremos nunca una agencia de subrogación, obteniendo ganancias, que encarece un proceso y limita a muchas parejas a acceder al sueño de ser padres”.

Ante la confusión que existe sobre los métodos, explicó que se entiende por madre gestante sustituta, la mujer que lleva el embarazo a término y proporciona el componente para la gestación, más no el componente genético.

Por el contrario, la madre subrogada provee ambos: el material genético y el gestante para la reproducción. Se considera madre contratante a la mujer que convenga en utilizar los servicios de la madre gestante sustituta o de la madre subrogada, según sea el caso.

En tanto, el coordinador jurídico del Gobierno del Estado, Juan José Peralta Fócil, anunció que se reunirá con los cónsules de los países de donde son originarios los promoventes que se encuentran varados en Tabasco y resolver la situación jurídica de los bebés nacidos bajo el sistema de vientre subrogado y de maternidad asistida, a fin de buscar una solución a este conflicto.

                                                         
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